Primeros Pasos para casarse por la Iglesia

By 3 septiembre, 2013 Bodas No Comments
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Son varios los pasos y tramites que hay que seguir para poder celebrar una boda por la iglesia, os los vamos a resumir con el fin de facilitaros un poco todo este proceso:

Lo primero que debéis hacer es elegir Iglesia, reservar la fecha del evento y contar con un sacerdote para que oficie la ceremonia.

Una vez que tengáis estos requisitos fundamentales para poder llevar a cabo el enlace, deberéis dirigiros a vuestra parroquia (la de uno de los dos) para que os cuenten cómo y dónde hacer el cursillo prematrimonial y qué documentos debéis aportar para el expediente matrimonial. El Cursillo Prematrimonial es gratuito y su duración depende de cada parroquia y de cada cura.

Documentos necesarios para el Expediente Matrimonial:

– Partida de Bautismo.
– Partida de Nacimiento, con el número y folio del libro del Registro, que hay que pedirla al Ayuntamiento o Registro Civil de la población en que nacisteis.
– Fotocopia del DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia.
– Certificado de soltería eclesiástica: es necesario si uno pertenece a una diócesis diferente o ha vivido en el extranjero más de un año.
– Dispensa: en caso de proceder de religiones diferentes.
– Nulidad Matrimonial: en caso de que uno o ambos cónyuges estén separados.
– Partida de defunción del cónyuge: es necesario si se es viudo/a y se solicita en el Registro Civil.

*Esta documentación caduca a los 6 meses.

Con esta documentación, 3 meses antes de la boda, debéis presentaros en la parroquia. Allí os indicará el día y hora de comenzar el Expediente matrimonial; deberéis llevar cada uno un testigo (no pueden ser familiares) e ir los 4 con e D.N.I.
Una vez terminado el Expediente, se llevará al Obispado, donde os entregarán un extracto, lo tendréis que llevar a la Iglesia donde os vais a casar.

Finalmente, tendréis que reuniros con el sacerdote unos días antes de la celebración, para prepararla en todos sus aspectos: espiritual, litúrgico y estético.

Una vez casados, os entregarán el Certificado de Matrimonio que deberéis llevar al Registro Civil de la ciudad donde os habéis casado antes de 5 días naturales.
Si sois extranjeros no residentes en España, os expedirán un Certificado Internacional de Matrimonio. Este Certificado Internacional es el que deberéis inscribir en el Registro Civil de vuestra ciudad de origen, a fin de que el matrimonio tenga validez civil en vuestro país.

Esperamos que os sirva de ayuda y si tenéis cualquier cuestión, no dudéis en escribirnos.

Un saludo

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